Ciudad De México, 24 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas legislativas en los estados de Durango y Nayarit, invalidando normativas que establecían el carácter privado como regla general para las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia y mecanismos de evaluación de candidaturas que contravenían el modelo federal. La decisión fue tomada durante la sesión del Pleno celebrada el 23 de marzo de 2026 en la capital del país, con la participación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Poder Ejecutivo Federal como actores relevantes en el proceso constitucional.
En el caso de Durango, la Corte determinó que la norma que establecía el carácter privado de las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia violaba principios de transparencia y publicidad. Aunque las fuentes disponibles no detallan la votación final específica ni la hora exacta de la sesión, se confirmó que la acción de inconstitucionalidad y su acumulada derivaron en la invalidez de dicha disposición. Algunas referencias indican que también se cuestionaron artículos relacionados con la duración de los mandatos, aunque no se especifican los detalles completos de estas otras disposiciones invalidadas en la investigación proporcionada.
Respecto a Nayarit, el máximo tribunal invalidó el mecanismo de evaluación de candidaturas implementado a través de un Comité Estatal de Evaluación Único, por considerar que este esquema contravenía el modelo federal establecido para la selección de operadores judiciales. Además, la SCJN reconoció una omisión legislativa por parte del Congreso de Nayarit al no incorporar en su normativa los principios de insaculación y paridad de género, elementos considerados fundamentales para garantizar la equidad en los procesos de designación judicial.
La resolución de estas acciones de inconstitucionalidad reafirma la supremacía de la Constitución federal sobre las legislaciones locales en materia de justicia. La intervención de la Suprema Corte busca uniformar los criterios de transparencia y evaluación en los poderes judiciales estatales, asegurando que las reformas locales no se desvinculen de los estándares nacionales establecidos para la administración de justicia.
Las implicaciones de este criterio podrían extenderse a otros estados que mantengan normativas similares sobre la publicidad de las sesiones judiciales o los mecanismos de evaluación de candidatos, aunque la investigación actual no confirma si la resolución establece un precedente vinculante generalizado o si se limita a los casos específicos de Durango y Nayarit. La falta de detalles sobre la votación final y el alcance exacto del criterio deja abiertas interrogantes sobre la aplicación inmediata en otras entidades federativas.
Este fallo se suma a los esfuerzos recientes del sistema de justicia mexicano para fortalecer la confianza ciudadana mediante la apertura de los procesos deliberativos y la estandarización de los métodos de selección de jueces y magistrados. La participación de organismos como la Comisión Nacional de Derechos Humanos en estas acciones subraya la importancia de proteger los derechos humanos y las garantías institucionales frente a disposiciones locales que puedan limitar el acceso a la justicia o la transparencia de sus órganos.
