Ciudad De México, 27 de marzo de 2026.- El Comité Olímpico Internacional (COI) anunció una nueva política de elegibilidad que reserva la admisión en las competiciones olímpicas femeninas exclusivamente a personas de sexo biológico femenino que no porten el gen SRY, excluyendo así a atletas transgénero y algunas deportistas intersexuales de la categoría femenina a partir de los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028.

La presidenta del COI, Kirsty Coventry, defendió la decisión al señalar que la política anunciada se basa en la ciencia y ha sido elaborada por expertos médicos. En declaraciones oficiales, Coventry indicó que resulta injusto y en algunos deportes no es seguro que los varones biológicos compitan en categorías femeninas.

Esta normativa representa un cambio significativo respecto a las reglas dictadas en 2021, que permitían a cada federación internacional fijar su propia política sobre elegibilidad. Ahora el organismo olímpico establece un criterio unificado para todo el programa olímpico, centralizando la decisión que antes estaba delegada en las distintas disciplinas deportivas.

La implementación de las pruebas recaerá en las federaciones internacionales e instituciones deportivas nacionales, quienes serán responsables de organizar los controles mediante muestras de saliva, raspado bucal o sangre. Según lo establecido por el COI, estas evaluaciones genéticas se realizarán una única vez en la vida del deportista y quedarán asentadas para futuras competencias olímpicas.

La nueva política no es retroactiva, por lo que las medallas obtenidas en Juegos anteriores no están en peligro. Esto incluye el oro conseguido por la boxeadora argelina Imane Khelif en los Juegos de París, cuyo caso generó amplio debate durante la competencia de 2024.

El documento del COI contempla excepciones limitadas para casos específicos de trastornos del desarrollo sexual. Aquellas atletas que posean el cromosoma Y pero estén afectadas del llamado síndrome de insensibilidad total a los andrógenos u otras anomalías poco frecuentes del desarrollo sexual podrán competir en categoría femenina, siempre que no obtengan beneficios de los efectos anabólicos o de mejora del rendimiento de la testosterona.

Los antecedentes históricos muestran que este tipo de controles no es completamente nuevo en el movimiento olímpico. Las pruebas cromosómicas ya estuvieron vigentes de 1968 a 1996, pero fueron abandonadas a principios de la década de los 90 del siglo pasado por objeciones legales, éticas y culturales que en ese momento prevalecieron sobre los criterios de equidad competitiva.

Atletas transgénero XY y aquellas con trastornos del desarrollo sexual sensibles a los andrógenos deberán competir en categorías masculinas según la nueva regulación. El COI precisó que la presencia del gen SRY es fija a lo largo de la vida y constituye una prueba altamente precisa de que un atleta ha experimentado un desarrollo sexual masculino.

La decisión se tomó tras una reunión de la junta ejecutiva del Comité Olímpico Internacional, que publicó un documento de 10 páginas detallando la investigación que sustenta la medida. Según el organismo, nacer varón otorga ventajas físicas que se mantienen incluso después de procesos de transición, lo que fundamenta la necesidad de proteger la equidad, seguridad e integridad en la categoría femenina.

La aplicación práctica de esta política comenzará a articularse en los próximos meses, con las federaciones internacionales y organismos deportivos nacionales trabajando en los protocolos específicos para implementar los controles antes de Los Ángeles 2028. Ese proceso de implementación operativa seguirá bajo observación del movimiento olímpico internacional.

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